Guía

¿Qué es el anticrético y cómo funciona en Bolivia?

En esta guía

En un anticrético entregas un monto al propietario y vives en el inmueble sin pagar alquiler.

Al terminar el contrato, el propietario te devuelve el mismo monto y tú le devuelves el inmueble. Es una forma de vivienda muy usada en Bolivia y una de las más buscadas en Santa Cruz de la Sierra.

En resumen
Alquiler mensualBs 0Pagas los servicios y lo que diga el contrato
Al terminar100 %Te devuelven el monto, sin intereses
Plazo máximo5 añosCódigo Civil, art. 1435
Monto mediano hoyBs 308.000De 71 avisos en Santa Cruz

¿Qué es el anticrético?

El anticrético es un contrato en el que, en lugar de pagar un alquiler cada mes, entregas un monto único por todo el plazo. El propietario usa ese dinero mientras dura el contrato y te lo devuelve completo al final. En la práctica funciona como un préstamo sin intereses: el uso de la vivienda paga los intereses de tu dinero.

El Código Civil boliviano lo llama anticresis (artículos 1429 a 1435). Por eso vas a ver dos nombres para las partes: quien entrega el dinero y vive en el inmueble es el anticresista o acreedor anticrético, y el propietario que recibe el dinero es el deudor anticrético.

Al firmar
TúAnticresista
Entregas el monto
Te entrega el inmueble
PropietarioDeudor anticrético
Durante el contrato, hasta 5 años: vives sin pagar alquiler y el propietario usa el dinero, sin intereses.
Al terminar
TúAnticresista
Devuelves el inmueble
Te devuelve el mismo monto
PropietarioDeudor anticrético
Cómo pasan el dinero y el inmueble de una parte a la otra en un anticrético.

¿Cómo funciona? Paso a paso

  1. Acuerdan el monto y el plazo. Lo usual son 1 o 2 años, renovables, y nunca más de 5.
  2. Revisas los papeles del inmueble: el folio real en Derechos Reales, que no tenga hipoteca ni gravámenes y que quien firma sea el propietario registrado.
  3. Firman ante notario de fe pública. La ley pide documento público (art. 1430): un documento privado no basta. El contrato dice el monto, la moneda, el plazo, quién paga qué y cómo se devuelve el monto.
  4. Inscriben el contrato en Derechos Reales. Desde la inscripción tu derecho vale también frente a terceros, por ejemplo si el propietario vende el inmueble o tiene otras deudas.
  5. Entregas el monto y recibes el inmueble, con un inventario de su estado y la lectura de los medidores.
  6. Al terminar, devuelves el inmueble y recibes tu monto. Si los dos quieren seguir, firman la renovación por escrito.
«Registrable»En los avisos vas a leer «anticrético registrable»: indica que el contrato se puede inscribir en Derechos Reales. Si un aviso no lo dice, pregúntalo antes de visitar.

¿Cuánto dura un anticrético?

Lo usual en Santa Cruz son contratos de 1 o 2 años, que se renuevan si los dos están de acuerdo. El límite lo pone la ley: un anticrético no puede durar más de 5 años, y si el contrato dice más, se reduce a 5.

¿Cuánto se paga hoy en Santa Cruz de la Sierra?

Estos son los montos de los avisos en anticrético activos hoy en casa.bo. La mediana es el valor del medio: la mitad de los avisos pide menos y la otra mitad, más.

TipoAvisosMonto mediano
Departamentos33Bs 298.000
Casas28Bs 329.000
Todos los avisos71Bs 308.000

Avisos en anticrético activos hoy.

¿En dólares o en bolivianos?

Muchos anticréticos se pactan en dólares. Desde fines de junio de 2026 el tipo de cambio oficial ya no es fijo, así que la moneda de devolución pesa más que nunca. La regla es que se cumple lo que dice el contrato, y por eso tiene que decirlo con claridad (Visión 360, julio de 2026).

Si el contrato dice…Al terminar…
Que entregaste dólares y se devuelven dólaresSe devuelven dólares
Que entregaste bolivianos por una suma en dólares, a un tipo de cambioSe devuelve lo que diga el contrato, con ese tipo de cambio
Nada sobre la moneda de devoluciónAhí nacen los conflictos: acuérdenlo por escrito antes de firmar
Antes de firmarEscribe en el contrato la moneda del monto, la moneda en que se devuelve y el tipo de cambio de referencia, si lo hay. Cambiar esas condiciones después necesita el acuerdo de los dos.

Tipos de anticrético

TipoQué entregasQué pagas cada mes
AnticréticoEl monto completoNada de alquiler
Anticrético mixtoUn monto menorUn alquiler más bajo que el normal
Con opción a compraEl monto, con la opción de comprar el inmueble despuésNada de alquiler
TraspasoEl monto de quien vive hoy en el inmueble, que te cede su contratoNada de alquiler, por el plazo que le queda

Con opción a compra, el contrato dice cuánto del monto se descuenta del precio si compras.

En un traspasoQue el propietario firme el traspaso y que el contrato quede inscrito a tu nombre en Derechos Reales, para que al terminar el monto te lo devuelva a ti.

¿Anticrético o alquiler? Calcula cuál te conviene

El alquiler es dinero que se gasta; el anticrético se recupera. A cambio, el anticrético inmoviliza un monto grande durante todo el contrato. La comparación real es entre el alquiler que no pagas y lo que ese dinero podría rendir en otro lado.

¿Anticrético o alquiler?
Compara lo que pagarías de alquiler con lo que tu dinero dejaría de rendir.
$us
Bs
Plazo en años
La ley no permite más de 5 años.
%
Por ejemplo, lo que te paga un depósito a plazo fijo. Pon 0 si no lo invertirías.
Tipo de cambio y gastos
Bs
Usa el que diga tu contrato.
Bs
Notario, Derechos Reales e impuestos, si los pagas tú.
En 2 años, el anticrético te sale Bs 58.600 más barato.
AlquilerBs 99.600
Bs 4.150 × 24 meses
AnticréticoBs 41.000
Lo que tu monto dejaría de rendir
Tu monto equivale a96 mesesde alquiler, unos 8 años
El anticrético te rinde12,5 % al añoen alquiler que no pagas, contra el 5 % de arriba

Los números de partida son de hoy en casa.bo: monoambiente o departamento de 1 dormitorio en Equipetrol, mediana de 8 avisos en anticrético y 110 en alquiler. Cámbialos por los del inmueble que te interesa.

No cuenta el riesgo de que el monto no se devuelva a tiempo, los cambios del tipo de cambio ni las subidas del alquiler. Es una comparación, no una recomendación.

Ver anticréticos de hasta $us 32.500

Qué revisar antes de firmar

AtenciónNo entregues el monto antes de firmar ante notario y de verificar los papeles del inmueble.

Del inmueble

  • Folio real actualizado, a nombre de quien firma, o un poder notariado si firma otra persona
  • Sin hipoteca ni gravámenes inscritos
  • Impuestos, expensas y servicios al día, con los recibos a la vista
  • Inventario del estado del inmueble y lectura de los medidores

Del contrato

  • Documento público ante notario, que después se inscribe en Derechos Reales
  • El monto, la moneda y el tipo de cambio, por escrito
  • La fecha y la forma de devolución del monto
  • Quién paga los impuestos del inmueble, las expensas y las reparaciones mayores
  • Qué pasa si alguno quiere terminar antes

Riesgos y qué te protege

RiesgoQué te protege
Que al terminar el propietario no tenga el montoPuedes quedarte en el inmueble hasta que te pague (derecho de retención, art. 1435). Con el contrato inscrito, además cobras con preferencia sobre otros acreedores y puedes pedir a un juez el remate del inmueble (arts. 1432 y 1433)
Que el inmueble tenga una hipoteca o se vendaRevisar los gravámenes antes de firmar e inscribir el contrato: desde la inscripción vale frente a terceros (art. 1430)
Firmar con quien no es el dueñoFolio real a nombre de quien firma, o un poder notariado
El tipo de cambioLa moneda de devolución y el tipo de cambio, escritos en el contrato
Que tu dinero pierda valorTe devuelven el mismo monto, sin intereses: haz la cuenta con la calculadora de arriba

Costos e impuestos

Además del monto hay gastos: el notario, la inscripción en Derechos Reales y los impuestos del contrato. Pide el detalle al notario o a un contador antes de firmar, y acuerden por escrito quién paga cada uno.

Un detalle poco conocido: según el Código Civil, si el contrato no dice otra cosa, los impuestos y las cargas anuales del inmueble los paga el anticresista, es decir, tú (art. 1434). Si quieres que los pague el propietario, que el contrato lo diga.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un anticrético en Bolivia?
Es un contrato en el que entregas un monto al propietario y vives en su inmueble sin pagar alquiler. Al terminar, te devuelve el mismo monto, sin intereses, y tú le devuelves el inmueble. El Código Civil lo llama anticresis.
¿Cuánto dura un contrato de anticrético?
Lo usual son 1 o 2 años, renovables. La ley pone un máximo de 5 años (Código Civil, art. 1435): si el contrato dice más, se reduce a 5.
¿Cuál es la diferencia entre anticrético y alquiler?
En el alquiler pagas cada mes y ese dinero no vuelve. En el anticrético entregas un monto al inicio, no pagas alquiler y al final recuperas el monto. Lo que pierdes es lo que ese dinero habría rendido en otro lado.
¿Cómo funciona la devolución del anticrético?
Al terminar el plazo devuelves el inmueble y el propietario te devuelve el mismo monto que entregaste, en la moneda que diga el contrato. Si el contrato no dice la moneda ni el tipo de cambio, acuérdenlo por escrito antes de firmar.
¿Qué pasa si el propietario no devuelve el dinero del anticrético?
Puedes quedarte en el inmueble hasta que te pague (derecho de retención, art. 1435). Si el contrato está inscrito en Derechos Reales, además cobras con preferencia sobre otros acreedores y puedes pedir a un juez el remate del inmueble.
¿Qué es un anticrético mixto?
Entregas un monto menor que en un anticrético normal y, además, pagas un alquiler mensual más bajo. Es una mezcla de los dos.
¿Anticresis y anticrético es lo mismo?
Sí. Anticresis es el nombre que usa el Código Civil; anticrético es como se le dice en Bolivia al contrato y al inmueble.
¿Quién paga las expensas y los impuestos?
Lo que diga el contrato. Si no dice nada, el Código Civil pone los impuestos y las cargas anuales del inmueble a cargo del anticresista (art. 1434). Las expensas y los servicios suele pagarlos quien vive en el inmueble; cada aviso muestra las expensas cuando la agencia las publica.
Ver los 71 avisos en anticrético